Ortega señaló que la resolución va más allá al determinar que “la enseñanza del lenguaje inclusivo y no sexista en la educación obligatoria forma parte del mandato de impartir educación con perspectiva de género”, establecido en el artículo 3º de la Constitución, así como de las obligaciones del Estado mexicano para eliminar prácticas socioculturales que perpetúen nociones de desigualdad. En su mensaje, la diputada afirmó que “el lenguaje inclusivo en las escuelas se queda y se defiende” y sostuvo que el criterio de la Corte impide que la reforma aprobada en Chihuahua sea utilizada para restringir su enseñanza.
Ortega consideró importante precisar el contenido de la resolución frente a las distintas interpretaciones difundidas públicamente: la Suprema Corte mantuvo la validez de la disposición estatal, pero fijó la interpretación bajo la cual debe aplicarse, descartando expresamente que pueda servir para desincentivar o prohibir la enseñanza del lenguaje inclusivo. Finalmente, la legisladora celebró que la resolución reconozca la relación entre lenguaje inclusivo, perspectiva de género e igualdad sustantiva, y sostuvo que el criterio establecido por la Suprema Corte cierra la puerta a una aplicación restrictiva de la reforma educativa en las escuelas de Chihuahua.
